
Justicia ratifica absolución de excarabinero Claudio Crespo a pesar de acreditarse que disparó contra Gustavo Gatica
La aplicación de la ley “Naín Retamal” eximió de responsabilidad al expolicía, al estimar el tribunal que su acción estaba justificada en la “legítima defensa”, figura que -recordemos- fue modificada por esta nueva norma legal. De no haber existido la ley “Naín Retamal”, Crespo habría sido condenado por apremios ilegítimos, tal como solicitaba la Fiscalía.
Este miércoles 13/5, el 4° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago comunicó la sentencia absolutoria a favor del excarabinero Claudio Crespo, a pesar de comprobarse que fueron sus disparos los que alcanzaron a Gustavo Gatica quien perdió la visión producto de los impactos.
La aplicación de la ley «Naín Retamal» eximió de responsabilidad al expolicía, al estimar el tribunal que su acción estaba justificada en la «legítima defensa», figura que -recordemos- fue modificada por esta nueva norma legal. De no haber existido la ley «Naín Retamal», Crespo habría sido condenado por apremios ilegítimos, tal como solicitaba la Fiscalía.
Una vez comunicada la sentencia absolutoria -donde se determinó además que el Ministerio Público no tendrá que pagar las costas del juicio-, el abogado defensor de Crespo, Pedro Orthusteguy, llamó a la Fiscalía a no apelar a la resolución emitida por el tribunal capitalino.
«Esperamos que reflexione la Fiscalía, que el fiscal nacional, Ángel Valencia, pueda abordar este asunto, que el nuevo fiscal regional Centro Norte, Francisco Jacir, también pueda revisar esta situación», declaró el abogado de Crespo a Radio ADN.
